HACIENDA, AEAT o AGENCIA TRIBUTARIA, CRIPTOMONEDAS y el Aviso #cri0001 en la DECLARACIÓN de la RENTA

¿Has recibido el aviso #cri0001 de Hacienda sobre tus operaciones con criptomonedas y te ha entrado el sudor frío? ¿No sabes cómo declarar tus bitcoins, ethereums y demás familia cripto correctamente en tu declaración de la renta? ¿Quieres evitar multas y problemas con el fisco?

Aviso cri0001 | Hacienda

¡Tranquilo, mi joven Padawan, que no panda el cúnico!

Sé que enfrentarse a Hacienda puede ser más aterrador que una película de terror de serie B (lo sé bien, a mi mujer le encantan y yo las sufro), pero no te preocupes, que te voy a enseñar a desarmar sus “truquitos” para que puedas declarar tus criptos sin que te dé un jamacuco (y sin que te quiten hasta la última camisa). 😉

En este artículo, voy a desmontar el show de Hacienda, a explicarte qué es este dichoso aviso #cri0001por qué te lo han mandado (spoiler: quieren tu pasta, como siempre), cómo tributan las criptomonedas (que la cosa está más liada que la trama del multiverso) y qué trucos ninja puedes usar para evitar multas y problemas con el fisco, ese “colega” que siempre aparece cuando menos te lo esperas (como el herpes labial o tu ex pidiendo pasta).

El Aviso #cri0001: ¡Hacienda te Vigila! (Y Cada Año, MÁS) 🕵️‍♀️

Desde hace unos años, poco antes del inicio de la campaña de la renta, Hacienda está más nerviosa que un gremlin con hipoglucemia con el tema cripto. Se ha dado cuenta de que las criptomonedas y eso del btc, son el futuro (y que hay mucha pasta en juego), y ha puesto en marcha toda su artillería para controlarlas.

Querido contribuyente,

La agencia tributaria dispone de información sobre operaciones realizadas con monedas virtuales.

Desde el cariño, Hacienda.

Una de sus armas favoritas sigue siendo la notificación o aviso cri0001: ese mensajito en tu borrador de la renta o datos fiscales que te recuerda (con tono amenazante) que Hacienda sabe que operas con criptomonedas (de acuerdo con los datos de que dispone la AEAT). ¡Chan chan chaaaaan! 😱

Pero, ¿es un farol o realmente saben hasta cuándo compraste esos Dogecoins de broma?

A ver, Hacienda sigue siendo experta en meter miedo. Es como Darth Vader con corbata. Pero su «fuerza» (y su información) ha aumentado. Ya no es solo un bluff basado en si has movido pasta del banco a un exchange (como era hasta 2025).

¿Qué sabe Hacienda (DE VERDAD) en la Renta que presentas desde 2025?

  • Transferencias Banco ↔️ Exchange (Como siempre): Saben cuándo has enviado o recibido dinero FIAT (euros) desde/hacia cualquier exchange. Esto ya lo sabían.
  • 🚨 ¡NUEVO! Información DETALLADA de Exchanges ESPAÑOLES (Modelos 172/173): Aquí está el gran cambio que afecta a la declaración de la renta del ejercicio 2024 (la que presentas en 2025) y siguientes. Las plataformas con residencia fiscal en España (piensa en Bit2Me, Criptan, o incluso Binance Spain S.L.YA están OBLIGADAS a chivarle a Hacienda:
    • Tus saldos de cada cripto a 31 de diciembre (Modelo 172).
    • TODAS tus operaciones durante el año fiscal correspondiente: compras, ventas, permutas (intercambios), transferencias (envíos/recepciones)… (Modelo 173).
    • Moraleja: Si usas plataformas españolas, Hacienda tiene el historial completo.
  • Información de Exchanges EXTRANJEROS (Binance.com global, Kraken, Coinbase…): ¡OJO! Para la declaración del ejercicio 2024 (presentada en 2025), estos exchanges extranjeros TODAVÍA NO están obligados a enviar esa información detallada automáticamente a Hacienda. La famosa directiva europea DAC8, que sí les obligará, entra en vigor el 1 de enero de 2026 (afectando a la declaración que presentes en 2027 sobre el ejercicio 2026). Así que, de momento, Hacienda solo sabe de ellos lo que hemos comentado: las transferencias bancarias y lo que TÚ le hayas contado…
  • Modelo 721 (¡Tu chivatazo!): Si tenías más de 50.000€ en criptos en el extranjero (en wallets o exchanges extranjeros) a 31/12 del año correspondiente, TÚ tenías (y tienes) la obligación de presentarlo antes del 31 de marzo del año siguiente. Si lo hiciste, Hacienda sabe que tienes criptos fuera (aunque no el detalle de operaciones si están en exchanges extranjeros hasta que entre en vigor DAC8).

En resumen: El aviso #cri0001 ya no es solo por mover euros. Hacienda tiene mucha más información este año, sobre todo si usas plataformas españolas. ¡Así que menos faroles y más cuidado!

¿Cuándo tienes que declarar tus criptos?

La regla de oro sigue siendo la misma: 

¡Solo tienes que declarar las ganancias patrimoniales (plusvalías) o pérdidas (minusvalías) si has VENDIDO (a euros), INTERCAMBIADO (permuta entre criptos) o DONADO criptomonedas durante el ejercicio fiscal correspondiente! También si has obtenido rendimientos por mining o staking.

Si solo compraste y mantienes (HOLD! como dicen los criptomasters), aunque Hacienda sepa que tienes criptos (por los modelos 172/173 de exchanges españoles o por el 721), no tienes que declarar ninguna ganancia o pérdida en el IRPF por esas que mantienes.

Si las tienes guardaditas en una wallet fría y no las has tocado, Hacienda no sabrá el detalle exacto (a menos que lo declararas en el 721 si superabas el límite).

Es como si tuvieras un tesoro pirata enterrado en tu jardín: si no se lo cuentas a nadie, nadie lo sabrá. 🏴‍☠️ Solo debes declarar la ganancia o pérdida cuando se produce la alteración patrimonial (venta, permuta, donación…).

Si prefieres hacer tu declaración de la renta con criptomonedas de forma fácil, rápida y segura, te recomiendo que uses TaxDown. Es una plataforma online que te ayuda a optimizar tu renta y a pagar lo justo, sin errores ni sorpresas.

Además, cuenta con un equipo de expertos fiscales que te asesoran y resuelven tus dudas en todo momento. No dejes pasar esta oportunidad y aprovecha las ventajas de TaxDown. Yo lo uso desde hace años y estoy muy contento con el servicio. Te los recomiendo al 100%.

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Así que si te han enviado el código cri0001 criptomonedas desde la agencia tributaria, no te preocupes y sigue leyendo, que te voy a explicar como solucionarlo de forma sencilla al declarar criptomonedas.

¿Qué son las Criptomonedas? (Para que Hacienda no te Pille Despistado) 🤔

A ver, si te ha llegado el aviso #cri0001, imagino que ya sabes por dónde van los tiros, pero por si acaso, vamos a refrescar la memoria (que con tanta tecnología, uno se vuelve más despistado que Dory buscando a Nemo).

Las criptomonedas son como el dinero del futuro: digital, descentralizado (o sea, que no lo controla ningún banco ni gobierno) y basado en la tecnología blockchain. Suena a chino, ¿verdad? Pues no te preocupes, que te lo voy a explicar de forma sencilla:

  • Monedas virtuales digitales: No son billetes ni monedas que puedas tocar, es decir, que no existen físicamente. Son como bits de computadora, pero con valor (y con una volatilidad que te puede dejar la cabeza dando vueltas).
  • Usan criptografía: Es un sistema de seguridad (de encriptación) que protege tus transacciones y las hace más seguras que Fort Knox contra los hackers.
  • Son descentralizadas: No las controla ningún gobierno, banco o entidad financiera. Las transacciones se realizan directamente entre usuarios, sin intermediarios en redes peer-to-peer o en la propia blockchain. Es como si pudieras enviar dinero a tu amigo de Australia sin tener que pasar por un banco (y sin pagar comisiones abusivas). Son como los jedis: libres e independientes.

Algunas de las criptomonedas más populares son el Bitcoin, el Ethereum, el Litecoin o el Tether, aunque los protagonistas aquí cambian más rápido que en Juego de Tronos. Y es que hay miles de criptomonedas diferentes, y cada una tiene sus características y su volatilidad.

Puedes escuchar este episodio del podcast donde Mario y Eva nos hablan de las criptomonedas desde 0.

Fiscalidad de las Criptomonedas en España: ¿Cómo Tributan? 💰

Hasta hace poco, cuando se trataba de criptomonedas era una cosa de geeks y «locos a los que van a estafar». Pero la cosa ha cambiado, amigo mío. Ahora, el fisco ha visto otro sitio del que «rascar» y está vigilando de cerca las operaciones con criptomonedas y monedas virtuales por particulares.

Hacienda, como buen Gollum, ama el dinero (y las criptomonedas no son una excepción). Para el fisco, las criptos son como un caramelo: irresistibles. Y claro, quieren llevarse su parte del botín.

En España, las criptomonedas se consideran bienes inmateriales con contenido económico, y tributan principalmente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cuando se produce una ganancia o pérdida patrimonial, y potencialmente en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) si tu patrimonio total supera los límites.

¿Te has quedado con cara de póker? Tranquilo, que te lo explico de forma sencilla:

1. Impuesto sobre el Patrimonio: Si Eres un Cripto-Rico, ¡Prepárate para Pagar!

Si a 31 de diciembre tienes criptos y su valor, sumado al resto de tu patrimonio, supera el mínimo exento de tu comunidad autónoma, ¡Hacienda te va a dar un achuchón fiscal! 😨

Tendrás que declararlas en el IP, usando el valor de mercado de las criptos en esa fecha. Si tus bitcoins se han disparado como un cohete, prepárate para soltar un buen pellizco. Si no sabes si eres rico (para Hacienda) o no, echa un vistazo a este artículo donde te lo explico todo con pelos y señales.

¡Y ojo! Si tienes criptomonedas en el extranjero (en wallets o exchanges fuera de España) y su valor a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, también estás obligado a presentar el Modelo 721 (una declaración informativa específica para criptos en el extranjero).

Si quieres saber más sobre estos modelos informativos (720 y 721), échale un vistazo a este artículo. 😉

2. Impuesto sobre la Renta (IRPF): Ganancias, Pérdidas, Intercambios y Donaciones

Si has tenido ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de que has vendido (a euros)intercambiado (permutado una cripto por otra) o donado criptos durante el año fiscal, tienes que declararlo en el IRPFNo existe una cantidad mínima exenta para declarar las criptomonedas.

Da igual si has ganado o perdido pasta: Hacienda quiere saberlo todas las operaciones realizadas (¡son más cotillas que tu vecina del quinto!).

Un dato importante: La compraventa de criptomonedas está exenta de IVA, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sin embargo, sí está sujeta al IRPF, como te estoy contando en esta sección.

El importe a declarar será la diferencia entre el valor de adquisición (cuánto te costó) y el valor de transmisión (por cuánto la vendiste o qué valor tenía al permutarla/donarla) de cada operación de ganancia o una pérdida patrimonial. 

Se declaran las ventas a dinero fiat y también permutas (intercambios entre diferentes criptomonedas).

  • Ganancias (plusvalías): Se integran en la base imponible del ahorro y tributan a un tipo progresivo que va del 19% al 28% (según la cuantía de la ganancia total del ahorro en el año).
  • Pérdidas (minusvalías): Se pueden compensar con las ganancias patrimoniales del mismo tipo (otras ventas de criptos, acciones, fondos…). Si el saldo es negativo, se puede compensar con hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos…). Y si aún queda saldo negativo, puedes compensarlo en los cuatro años siguientes.

Mining y Staking: ¡Hacienda También Quiere su Parte del Pastel!

  • Mining: Si has minado criptomonedas (usando tu potencia informática para validar transacciones y obtener recompensas), tienes que declarar el valor de mercado de las criptomonedas obtenidas en el momento en que las recibes como rendimiento de actividades económicas (si lo haces de forma habitual y organizada) o como ganancia patrimonial no derivada de transmisión (si es ocasional) en el IRPF.
  • Staking: Si has hecho staking (bloqueando tus criptos para participar en la red y obtener recompensas), las ganancias obtenidas se consideran rendimientos del capital mobiliario y tienes que declararlas en el IRPF en el momento en que las recibes o puedes disponer de ellas.

¿Cómo Declarar las Criptomonedas en la Renta? (Que Hacienda no te Pille en Fuera de Juego)

Con la normativa actual, la cosa se ha complicado un poco. Para declarar las ganancias y pérdidas de criptomonedas en la Renta, tienes que usar unas casillas específicas dentro de la declaración (apartado «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales»). Los números de casilla pueden variar cada año, así que ¡atento!

¿Y dónde está ese apartado? Lo encontrarás dentro del programa Renta Web de la Agencia Tributaria. Lo mejor es que consultes las instrucciones oficiales de Hacienda para la campaña de cada año, que te explicarán paso a paso cómo rellenarlo.

¿Es Obligatorio Usar Cointracking para Declarar las Criptomonedas? (¡Que no te Timen!)

Cointracking es una plataforma online que te permite llevar un registro de tus operaciones con criptomonedas de forma automática. Es como un fitness tracker para tus bitcoins: monitoriza tus movimientos, calcula tus ganancias y pérdidas (aplicando métodos como FIFO), y te genera informes que puedes usar para hacer tu declaración de la renta.

Suena chupi, ¿verdad? Pues sí, es una herramienta muy útil (y yo mismo la he usado), pero NO es obligatoria.

Hacienda no te exige que uses Cointracking (ni ninguna otra plataforma similar). Lo que sí te exige es que lleves un registro detallado de TODAS tus operaciones con criptomonedas (fecha, tipo de operación, cripto involucrada, cantidad, valor de adquisición, valor de transmisión…) y que las declares correctamente en tu renta.

Puedes hacerlo de forma manual (con una hoja de cálculo, por ejemplo, ¡prepárate para un buen curro si operas mucho!), o puedes usar Cointracking (o cualquier otra plataforma que te facilite la vida). Pero la decisión es tuya.

¿Ventajas de usar Cointracking?

  • Automatización: Te ahorra tiempo y esfuerzo al registrar tus operaciones (conectándose a tus exchanges y wallets).
  • Precisión: Reduce el riesgo de errores en el cálculo de tus ganancias y pérdidas, especialmente aplicando métodos como FIFO (First-In, First-Out), que es el que Hacienda suele considerar válido.
  • Informes: Te genera informes detallados que facilitan la declaración (y que a tu gestor le encantarán).

¿Desventajas de usar Cointracking?

  • Coste: Es una plataforma de pago (aunque tiene una versión gratuita muy limitada).
  • Privacidad: Tienes que darle acceso (mediante APIs de solo lectura generalmente) a tus datos de exchanges y wallets.

La Ley Antifraude y los Nuevos Modelos: Hacienda Aprieta las Tuercas 🗜️

La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, ha puesto las criptomonedas en el punto de mira (¡más que nunca!). 🎯 Esta ley amplía los poderes de Hacienda para controlar las criptos y ha introducido nuevas obligaciones informativas:

  • Modelo 721: Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (obligatorio desde el ejercicio 2023 si superas los 50.000€).
  • Modelos 172 y 173: Declaraciones informativas para proveedores de servicios cripto en España (obligatorias desde el ejercicio 2024).

¿Qué implicaciones tiene esto para ti?

  • Mayor control de los exchanges y wallets: Hacienda tiene cada vez más información sobre tus tenencias y operaciones, especialmente si usas plataformas españolas.
  • Sanciones más duras: Si Hacienda detecta que has ocultado información o que has declarado tus criptos incorrectamente, las multas pueden ser más elevadas que la deuda de Grecia (¡y eso es mucho decir!).

Cómo Evitar que Hacienda te Cruja: ¡Trucos Ninja para Cripto-Masters! 🥷

Si eres un cripto-master y quieres saber cómo proteger tus inversiones y mantener tus bitcoins a salvo de las garras de Hacienda (y no acabar pagando una multa del quince), aquí te dejo algunos trucos ninja legales:

  1. Lleva un registro IMPECABLE: Guarda TODOS los detalles de CADA operación (fechas, horas, exchanges, wallets, cantidades, precios de compra/venta en euros, comisiones…). Usa una hoja de cálculo o una herramienta como Cointracking. Sin esto, estás perdido.
  2. Aplica correctamente el método FIFO: Para calcular las ganancias/pérdidas, Hacienda generalmente requiere el método FIFO (lo primero que entró es lo primero que sale). Herramientas como Cointracking lo hacen automáticamente.
  3. Declara TODO lo que toque: No te olvides de las permutas (cripto a cripto), donaciones, staking, mining… Cualquier operación que genere una ganancia o pérdida patrimonial o un rendimiento.
  4. Compensa pérdidas: Aprovecha las minusvalías para reducir la factura fiscal de tus ganancias, tanto de criptos como de otros productos financieros (dentro de los límites legales).
  5. Considera las implicaciones del Modelo 721: Si tienes criptos en el extranjero, vigila el umbral de 50.000€ a 31 de diciembre.
  6. Consulta a un experto (¡uno bueno!): Si la cosa se complica o tienes dudas, busca un asesor fiscal especializado en criptomonedas. No te fíes del gestor de toda la vida que no sabe ni qué es un Bitcoin.

¿Y los trucos «oscuros»?

  • Usar wallets frías: Guardar tus criptos en una wallet fría (como un Ledger o Trezor) te da el control total de tus claves privadas y dificulta que Hacienda sepa directamente qué tienes ahí dentro (a diferencia de un exchange). PERO, recuerda: esto NO te exime de declarar las ganancias/pérdidas cuando vendas, permutes o dones esas criptos. Hacienda sabrá cuándo moviste FIAT al exchange para comprarlas y cuándo lo vuelvas a mover al venderlas.
  • Usar exchanges extranjeros (sin KYC o con KYC ligero): Algunos exchanges extranjeros (especialmente los descentralizados o DEX, o los ubicados fuera de la UE/EEUU) piden menos datos o no informan (todavía) a Hacienda española. PERO esto es cada vez más difícil y arriesgado. La regulación se endurece (DAC8 viene en camino) y si Hacienda te pilla moviendo fondos sin declarar el origen, te puede caer un buen puro. Además, estos exchanges suelen ser menos seguros. NO te lo recomiendo como estrategia fiscal a largo plazo.

Lo más inteligente y seguro a largo plazo es cumplir con tus obligaciones fiscales.

¿Necesitas ayuda con tu declaración de la renta?

Si te sientes abrumado por el papeleo de Hacienda (¿y quién no?), no te preocupes. ¡TaxDown te echa un cable! Es una plataforma online que te ayuda a hacer tu declaración de la renta de forma fácil, rápida y segura, y que se encarga de todo el papeleo (y de pelearse con Hacienda si hace falta).

Tienen experiencia específica con la declaración de criptomonedas.

Puedes comprobarla totalmente gratis y si la quieres presentar con ellos con un plan de pago, ¡te dan 10 euros de descuento con mi enlace! 😉

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Si prefieres que un profesional se encargue de tus declaraciones de impuestos (que la fiscalidad de las criptodivisas puede ser un auténtico fregao), es fundamental que elijas un asesor fiscal o un gestor especializado en criptomonedas.

¿Cómo saber si un asesor es el adecuado? Aquí te dejo un par de preguntas que te pueden ayudar a decidir:

  • ¿Tiene experiencia demostrable en la declaración de criptomonedas? Pide referencias o casos de éxito.
  • ¿Está al día de la ÚLTIMA normativa sobre criptomonedas (Modelos 172, 173, 721, DAC8…)? La legislación fiscal cambia constantemente.

La mayoría, pretenden asesorar sobre Hacienda y criptomonedas, y si no saben cómo funciona Hacienda por dentro, ni tienen criptos… ¿Qué narices van a asesorar? Ten en cuenta que mucha gente se está subiendo al carro sin conocimientos porque “está de moda”.

Hacienda

Mi Opinión: ¡Hacienda Va a por Ti! (Pero no te Rindas) 💪

A ver, no me voy a andar con rodeos. Lo que está haciendo Hacienda con las criptomonedas es una auténtica caza de brujas y una vergüenza (y no es la primera vez que lo digo). Quieren meternos miedo para que les demos toda la información, pero van a remolque de la tecnología y muchas veces no tienen ni idea de cómo funciona este mundo. ¡Es como si intentaran regular internet con un fax! 🤯

Y encima, nos quieren crujir a impuestos por algo que ni siquiera entienden bien. ¡Es para flipar! 🤬

Hacienda sabe que hay mucha pasta en juego, pero su capacidad de control total es limitada (especialmente con exchanges extranjeros y wallets frías, de momento). Por eso usan el aviso #cri0001 y los nuevos modelos como armas de disuasión: quieren que te acongojes y declares hasta el último satoshi.

Pero no te dejes intimidar. Infórmate bien, toma precauciones y cumple con tus obligaciones fiscales. Las criptomonedas son el futuro (o parte de él), y Hacienda no puede ignorarlas para siempre.

Los que más atacan las innovaciones, no es porque no crean en ellas, sino porque les perjudica. Y a modo de ejemplo, ¿por qué piensas que gobiernos y bancos están totalmente en contra del Bitcoin, pero a favor de implementar el euro digital?

El gobierno quiere un pueblo lo suficientemente inteligente como para desempeñarse bien en un trabajo, pero no tanto como para plantearse si es necesario tener un Gobierno con tanto poder como el actual.

¡Juntos podemos vencer al lado oscuro de las finanzas! (Y de paso, intentar ganar pasta con las criptomonedas). 😉

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#Criptomonedas #Hacienda #Impuestos #DeclaracionRenta #Modelo172 #Modelo173 #Modelo721

2 comentarios en “HACIENDA, AEAT o AGENCIA TRIBUTARIA, CRIPTOMONEDAS y el Aviso #cri0001 en la DECLARACIÓN de la RENTA”

  1. hola buen contenido, referente a la normativa DAC8 dice que será obligación los exchanges fuera de España a reportar automaticamente las operaciones cripto a la Hacienda apartir del 1 enero del 2026, mi duda es si también serán obligados antes de esta fecha también a reportar? y con carácter retroactivo? o solo si se lo piden expresamente? gracias

    1. ¡Muy buena pregunta, David! Vamos al grano.
      A día de hoy, antes del 1 de enero de 2026, NO están obligados automáticamente a reportar a Hacienda bajo DAC8, porque la norma aún no entra en vigor. Lo que sí puede pasar antes es que:

      1. 1. Hacienda se lo pida expresamente a un exchange extranjero, y dependiendo del país donde esté, el exchange podría colaborar o no, según convenios de intercambio de información (tipo CRS o FATCA).
      2. 2. Algunos exchanges con sede en la UE o que quieren operar de forma legal en Europa, ya empiezan a adaptarse a DAC8 y podrían anticiparse voluntariamente para evitar problemas después.

      Pero legalmente, la obligación automática comienza el 1 de enero de 2026. Y respecto a si tendrá carácter retroactivo, la respuesta más realista es: sí, en parte.

      • – DAC8 permite el intercambio de información desde el 2026, pero sobre operaciones realizadas desde el 1 de enero de 2026 en adelante.
      • – No obliga a reportar operaciones anteriores a esa fecha, salvo que haya una investigación en curso y se pida expresamente la info de años anteriores.

      Traducción a lo crudo:
      Hasta 2026 tienes algo más de margen, pero no te duermas. Si has hecho movimientos antes y Hacienda tiene interés, sí pueden pedir la info retroactiva a través de requerimientos internacionales. Otra cosa es que el exchange se la dé o no.

      Y en cuanto entre DAC8, prepárate: se acabó el anonimato «por defecto». Todo va a ir fichado, y como tengas movimientos sospechosos o no declarados, te pueden caer multas bien gordas.

      ¡Un saludo, David, y gracias por pasarte a comentar!

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