¿Te suena eso del Modelo 720, pero no tienes ni idea de qué va? ¿Te imaginas a Hacienda como un kraken gigante, listo para engullir tus ahorros con sus tentáculos fiscales? ¡Que no panda el cúnico, mi joven Padawan! Te voy a enseñar a domar a la bestia y a navegar por las aguas turbulentas del Modelo 720 sin que te dé un infarto (y sin que te quiten hasta la última peseta).
En este artículo, voy a desmontar el misterio del Modelo 720, a explicarte qué es, quién está obligado a presentarlo (que a lo mejor ni te toca), qué tienes que declarar (spoiler: Hacienda quiere saberlo TODO), cómo se rellena (que la cosa es mas densa que un bocadillo de polvorones) y qué pasa si te haces el sueco (¡las sanciones son más duras que una colleja de Chuck Norris!).
Así que saca las gafas de pasta y la calculadora que te voy a convertir en un experto que te hara destacar en la cena de cuñados (o hasta en Twitter, X o como se llame ahora).
¿Qué es el Modelo 720? (Para Dummies) 🤓
El Modelo 720 está regulado por la Ley General Tributaria, aprobada el 17 de diciembre de 2003, que establece las obligaciones de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Es como un selfie de tus finanzas, pero en versión Hacienda.
En pocas palabras, es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que tienes que presentar a la Agencia Tributaria (AEAT). Pero solo tienes la obligación de informar a través de la presentación del modelo 720 si tienes bienes o derechos en el extranjero que superen un determinado valor.
Es decir, que si tienes una cuenta en Suiza, un apartamento en Miami o una wallet de criptomonedas en las Bahamas (¡quién pudiera!), Hacienda quiere saberlo (y con todo lujo de detalles).
Pero ojo, que no te estoy diciendo que tengas que pagar impuestos por esos bienes y derechos situados allende los mares, no. El Modelo 720 es solo una declaración informativa: le dices a Hacienda qué tienes, pero no pagas por ello (al menos de momento).
Es como si le dijeras a tu pareja que te has comprado una moto, pero no le dices cuánto te ha costado. 🤫
¿Quién Está Obligado a Presentar el Modelo 720? (Que a lo Mejor te Libras)
No todo el mundo tiene que presentar el Modelo 720. Solo están obligados a hacerlo los residentes fiscales en España (o sea, tú y yo) que tengan bienes o derechos en el extranjero que superen los 50.000 euros a 31 de diciembre del año anterior.
Es decir, que si tienes menos pasta que un jubilado jugando a las tragaperras en Benidorm, puedes respirar tranquilo, porque este modelo no te va a dar más dolores de cabeza.
¿Y qué se considera «bienes o derechos en el extranjero»?
Pues casi todo lo que se te pueda ocurrir:
- Cuentas bancarias: Si tienes una cuenta en un banco extranjero (ya sea corriente, de ahorro, de inversión…) y el saldo a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, ¡Hacienda quiere saberlo!
- Valores o derechos: Si tienes acciones, bonos, fondos de inversión u otros valores en una entidad financiera extranjera y su valor supera los 50.000 euros a 31 de diciembre, ¡Hacienda también quiere saberlo!
- Bienes inmuebles: Si tienes una casa, un apartamento, un terreno, un local… en un país extranjero y su valor supera los 50.000 euros a 31 de diciembre, ¡adivina! ¡Sí, Hacienda también quiere saberlo!
- Criptomonedas: Si tienes criptomonedas en un exchange o en una wallet en el extranjero y su valor supera los 50.000 euros a 31 de diciembre del año anterior, ¡también tienes que presentar el Modelo 720! No confundas esto con lo que tienes que hacer en la declaración de la renta con las permutas de criptoactivos.
- Rentas temporales o vitalicias: Si tienes derecho a recibir una renta (por ejemplo, por un alquiler o por un plan de pensiones) de una entidad extranjera, y su valor a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, ¡Hacienda también quiere saberlo!
- Seguros de vida o invalidez: Si tienes un seguro de vida o de invalidez contratado con una aseguradora extranjera y el valor de rescate a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, ¡Hacienda también quiere su parte!
¡Ojo! Si eres el titular, cotitular, autorizado o beneficiario de alguno de estos bienes, también estás obligado a declararlos.
¿Cómo se Rellena el Modelo 720? (Que la Cosa Tiene Tela Marinera) 🤯
Rellenar el Modelo 720 puede parecer más complicado que montar un mueble de IKEA sin instrucciones, con los ojos vendados y a la pata coja, pero no te preocupes, mi joven Padawan, que aquí te voy a dar una guía rápida para que no te pierdas en el laberinto burocrático (y para que no te den ganas de tirar el ordenador por la ventana):
- Descárgate el modelo: Puedes hacerlo desde la página web de la Agencia Tributaria.
- Reúne la información: Necesitas tener a mano los datos de tus bienes en el extranjero: número de cuenta, valor a 31 de diciembre, etc.
- Rellena el modelo online o a mano: Puedes hacerlo de forma telemática (con tu certificado digital o DNI electrónico) o a mano (como los antiguos).
- Presenta el modelo antes del 31 de marzo: Este es el plazo límite para presentar el Modelo 720 (¡no te duermas en los laureles y cumple el plazo de presentación del modelo!).
Plazos y Sanciones: ¡Hacienda no se Anda con Chiquitas! 😨
Si no presentas el Modelo 720 a tiempo, o si la información que declaras es incorrecta o incompleta, ¡Hacienda te puede meter un puro que te dejará tiritando!
Las sanciones son bestiales:
- Por no presentar el modelo: 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos no declarados (con un mínimo de 10.000 euros).
- Por presentar el modelo fuera de plazo: 100 euros por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 1.500 euros.
- Por declarar información incorrecta o incompleta: 1.500 euros por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 3.000 euros.
Vamos, que si la cagas, te puede salir la broma más cara que un fin de semana en Ibiza (y sin fiesta).
¡El Supremo al Rescate! (Pero No Cantes Victoria Todavía) 🎉
En mayo de 2024, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que ha dado un respiro a los contribuyentes (y un buen susto a Hacienda). El Supremo ha declarado que las sanciones del Modelo 720 son desproporcionadas y ha anulado los recargos que Hacienda había impuesto por presentar el modelo fuera de plazo.
¿Significa esto que ya no hay que preocuparse por el Modelo 720? ¡Ni de coña!
El Modelo 720 sigue siendo obligatorio, y las sanciones por no presentarlo o por presentarlo con información incorrecta o incompleta siguen vigentes. Lo que ha hecho el Supremo es rebajar la intensidad de las sanciones para que sean más proporcionales a la infracción cometida.
Consejo Jedi: Si has sido sancionado por Hacienda por el Modelo 720, consulta con un abogado especializado para ver si puedes reclamar la devolución de los recargos que te hayan impuesto.
Trucos Ninja para Esquivar las Garras de Hacienda (¡Legalmente!) 🥷
Hacienda quiere saberlo TODO sobre tus bienes en el extranjero, pero eso no significa que tengas que ponérselo fácil. Recuerda: a Hacienda no hay que mentirle nunca, pero tampoco hay que darle más información de la que necesita. 😉
Aquí te dejo algunos trucos ninja para optimizar la declaración del Modelo 720 y evitar problemas con el fisco (¡sin saltarte la ley, claro!):
- Aprovecha las exenciones: No todos los bienes en el extranjero están sujetos al Modelo 720. Por ejemplo, los bienes que formen parte del ajuar doméstico, los bienes destinados a actividades económicas o los bienes adquiridos por herencia o donación están exentos. ¡Investiga a ver si te libras de algún peaje fiscal!
- Planifica tus inversiones: Si estás pensando en invertir en el extranjero, ten en cuenta la obligación de presentar el Modelo 720. A lo mejor te compensa invertir en España (o al menos, mantener tus inversiones por debajo del límite de 50.000 euros (por lo menos el 31 de Diciembre)).
- Cuidado con las donaciones y las herencias: Si recibes una donación o una herencia de un bien en el extranjero, recuerda que también tienes que declararlo en el Modelo 720 (¡aunque no hayas tenido que pagar impuestos por ello!). Hacienda no se pierde ni una.
- Busca asesoramiento profesional: Si tienes dudas sobre si tienes que presentar el Modelo 720 o sobre cómo rellenarlo correctamente, lo mejor es que consultes con un asesor fiscal o un abogado especializado en fiscalidad internacional. ¡Más vale prevenir que curar!
Consejo Jedi: Si has presentado el Modelo 720 en años anteriores, solo tendrás que volver a presentarlo si el valor de tus bienes en el extranjero ha aumentado en más de 20.000 euros con respecto al año anterior. ¡Ahorrarte un trámite con Hacienda es una victoria épica!
Y No te Olvides del Modelo 721… (Que También Puede Darte un Disgusto) 👿
¿Creías que con el Modelo 720 ya habías terminado con tus obligaciones fiscales internacionales? ¡Pues te equivocas! Hacienda, en su afán recaudatorio, también tiene otra joyita preparada para ti: el Modelo 721.
Este modelo es similar al 720, pero se centra en la declaración de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero, como fondos de inversión, SICAVs o ETFs. Si tienes más de 50.000 euros invertidos en este tipo de productos, ¡prepárate para rellenar otro papeleo!
Pero no te preocupes, que eso lo dejamos para otro artículo si te interesa (cuentamelo en los comentarios). De momento, céntrate en el Modelo 720 (que ya tienes bastante con eso). 😉
En Resumen: El Modelo 720 es un Fregao, Pero no te Asustes (¡Infórmate!) 💪
El Modelo 720 es una declaración informativa para las personas físicas, como el examen final de la asignatura «Hacienda para Dummies». Puede parecer un rollo macabeo, pero si lo estudias bien (y sigues mis consejos ninja), podrás aprobar con nota (y sin que te dé un telendengue).
Recuerda:
- No ignores este modelo. Hacienda está vigilando, y aunque el Tribunal Supremo haya anulado algunas sanciones, las multas por no presentarlo o por presentarlo con información incorrecta siguen vigentes.
- Infórmate bien. En este artículo te he dado las claves para entender cómo funciona el Modelo 720, pero siempre puedes buscar más información en la web de la Agencia Tributaria o consultar con un experto.
- Y, sobre todo, ¡que no panda el cúnico! Con un poco de planificación y astucia, podrás mantener tus bienes en el extranjero a salvo de las garras de Hacienda. 😉
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